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- El problema de los impuestos de sucesión en Francia
- La solución inesperada: nombrar a su hija legataria universal
- Dividir la herencia: usufructo para Marie, nuda propiedad para los nietos
- Un ahorro de más de medio millón de euros
- ¿Y en España? ¿Se puede hacer algo parecido?
- Ventajas fiscales de esta estrategia en España
- Ojo con las diferencias entre comunidades autónomas
- ¿Y la figura del legatario en España?
- Planificar sí, improvisar no
A los 92 años, Louise, una viuda parisina, tenía una preocupación muy común pero nada menor: cómo transmitir su patrimonio a su hija sin que los impuestos se comieran una buena parte. Su bien más valioso, un piso de 120 metros cuadrados valorado en 1,4 millones de euros, representaba un auténtico quebradero de cabeza fiscal.
Sin embargo, gracias a una estrategia legal poco conocida y una planificación astuta, ha conseguido que su familia ahorre más de 500.000 euros en impuestos de sucesiones. Y no, no estamos hablando de magia, sino de un uso inteligente de las leyes.
El problema de los impuestos de sucesión en Francia
En Francia, el impuesto de sucesiones puede alcanzar cifras astronómicas cuando se trata de patrimonios elevados. Aunque hay una deducción de 100.000 euros entre padres e hijos, el resto se grava con tipos que pueden llegar al 45%. En el caso de Louise, su hija Marie podría haber tenido que pagar más de 760.000 euros solo en impuestos.
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Obviamente, nadie quiere dejar una herencia que venga acompañada de una deuda. Louise, como muchas otras personas mayores, no quería renunciar a su vivienda mientras viviera, pero tampoco quería que su hija tuviera que venderla solo para poder heredarla.
La solución inesperada: nombrar a su hija legataria universal
El notario le propuso algo que a primera vista parecía innecesario: nombrar a su hija Marie como legataria universal. Y uno podría pensar: “¿Para qué? Si ya es la única hija, lo heredará todo igual, ¿no?”. Pues no exactamente.
Gracias a este estatus, Marie pudo optar por lo que en Francia se llama “cantonner”, es decir, aceptar solo una parte de la herencia y dejar el resto directamente a sus hijos, Jade y Antoine. Así, en lugar de concentrar toda la carga fiscal en una sola persona, la herencia se reparte y los impuestos bajan considerablemente.
Dividir la herencia: usufructo para Marie, nuda propiedad para los nietos
El truco está en dividir la propiedad del inmueble: Marie recibe el usufructo, es decir, puede vivir en el piso o alquilarlo hasta su fallecimiento. Sus hijos, en cambio, reciben la nuda propiedad, o sea, serán los dueños legales, pero sin derecho de uso hasta que su madre fallezca.
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¿Resultado? El valor del inmueble se reparte: el 40% (el usufructo) queda en manos de Marie, valorado en unos 560.000 euros, y el 60% (nuda propiedad) va para los nietos, valorado en unos 840.000 euros. Cada uno tributa por su parte, con tipos impositivos mucho más bajos.
Un ahorro de más de medio millón de euros
Gracias a esta maniobra, el total a pagar por impuestos de sucesión fue de 253.861 euros en lugar de los 762.678 previstos inicialmente. ¿El ahorro? Exactamente 508.818 euros. Una cifra que no se consigue todos los días.
Y eso sin perder el control del piso en vida, ni dejar de proteger el futuro de los nietos. Un equilibrio perfecto entre lo práctico y lo emocional.
¿Y en España? ¿Se puede hacer algo parecido?
En España no existe el mecanismo exacto del “cantonner”, pero sí hay alternativas similares. Una de las más utilizadas es la división entre nuda propiedad y usufructo, regulada por el Código Civil. Es decir, los padres pueden ceder la nuda propiedad a sus hijos, reservándose el usufructo vitalicio.
De este modo, los hijos son los propietarios legales, pero los padres siguen usando el bien hasta su fallecimiento. Como resultado, se transmite un valor inferior al total y, por tanto, los impuestos a pagar son menores.
Ventajas fiscales de esta estrategia en España
Además del ahorro directo en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, esta fórmula tiene otras ventajas:
Primero, la base imponible se reduce porque solo se tributa por la nuda propiedad, que tiene un valor inferior al de la propiedad plena. Segundo, en algunos casos se pueden evitar ciertos tributos en el IRPF si se cumplen condiciones como edad o vivienda habitual. Y tercero, se pueden aplicar reducciones por parentesco, especialmente entre padres e hijos.
Ojo con las diferencias entre comunidades autónomas
Eso sí, cada comunidad autónoma aplica sus propias bonificaciones y reducciones. En Madrid, por ejemplo, hay una bonificación del 99% para herencias entre padres e hijos. En otras regiones, como Cataluña o Andalucía, las condiciones pueden ser mucho menos favorables.
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Por eso es tan importante contar con un buen asesoramiento legal y conocer bien las particularidades de cada territorio. Lo que funciona en una comunidad puede ser inútil —o incluso contraproducente— en otra.
¿Y la figura del legatario en España?
En nuestro país, el legado es también una herramienta válida para organizar una herencia de forma estratégica. El testador puede dejar bienes concretos a personas determinadas, con independencia del reparto general. Aunque no tiene la misma flexibilidad fiscal que en Francia, puede formar parte de una planificación inteligente para reducir impuestos y conflictos.
Planificar sí, improvisar no
La historia de Louise no es solo la de una abuela previsora. Es el ejemplo perfecto de cómo una buena planificación patrimonial puede marcar la diferencia entre una herencia llevadera y una herencia imposible.
En España también existen herramientas eficaces para optimizar la transmisión de bienes, pero es necesario informarse bien, anticiparse y, sobre todo, no dejarlo para el último momento. Porque cuando se trata de herencias, lo que no se planifica… se complica.
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Y tú, ¿ya sabes cómo quieres dejar tus cosas?
